lunes, 20 de mayo de 2013

El Acta Única (1986) y el espacio social europeo


El Acta Única Europea (AUE) modifica los Tratados de Roma para otorgar mayor poder al Parlamento Europeo, institucionalizar el Consejo Europeo, regular los fondos estructurales, crear el mercado único y establecer el Espacio Social Europeo. Su meta final era la constitución de la Unión Europea.

Fue firmada en Luxemburgo el 17 de febrero de 1986 por nueve Estados miembros y el 28 de febrero de 1986 por Dinamarca, Italia y Grecia, supuso la primera modificación de gran alcance del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (CEE).

Jacques Delors, presidente de la Comisión, resumió así los principales objetivos del Acta Única:

"El Acta Única es, en una frase, la obligación de realizar simultáneamente el gran mercado sin fronteras, más la cohesión económica y social, una política europea de investigación y tecnología, el reforzamiento del Sistema Monetario Europeo, el comienzo de un espacio social europeo y de acciones significativas en materia de medio ambiente".

El Espacio Social Europeo fue defendido por el Grupo Socialista del Parlamento y por el presidente Mitterrand ante la reticencia de algunos estados miembros a la unificación de las políticas sociales y de su gasto. Por ello, se animó a las Administraciones nacionales a promover la protección de la salud y seguridad de los trabajadores, a regular la negociación colectiva laboral o a reducir las diferencias de riqueza entre las regiones. Se estableció así un procedimiento para implantar el Espacio Social y unas directivas que obligarían a los estados miembros conforme al principio de subsidiaridad.

Consecuencia de ello fue que el 9 de diciembre de 1989, a propuesta del Parlamento, el Consejo Europeo de Estrasburgo adaptó la Carta Social Europea, elaborada por el Consejo de Europa en 1961, a una Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores, que suscribía principios como:
  • la libertad de circulación y de ejercicio profesional, 
  • la protección social adecuada» a cargo del Estado, 
  • el derecho a una remuneración equitativa que proporcionara un nivel de vida digno y una jubilación en similares condiciones, 
  • la igualdad laboral entre varones y mujeres,
  • la libertad de sindicación y de negociación colectiva, 
  • la prohibición del trabajo infantil, 
  • el derecho de todo trabajador al descanso semanal y a las vacaciones anuales pagadas. 
Aunque el Consejo Europeo le otorgó el mínimo rango de «Declaración», la Carta Social de la CEE exigía el ajuste de estos aspectos en las legislaciones de los países miembros y acabó suscitando el rechazo de los sectores neoliberales y del Gobierno británico, que se negó a suscribirla.

Fuente: usuario Pilux del blog Página No Oficial de Uned-historia

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